Agencia inscrita en el Registro Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de las Islas Baleares. Inscripción: GOIBE731396/2024. (ROAIIB)
Luminoso, vistas despejadas y vistas al mar, zona tranquila y céntrica, a un paso de Jaime III, del Paseo Mallorca y de las Ramblas, ideal para quien ame la ciudad y quiera olvidar el coche.
Octavo piso totalmente reformado, en un edificio adaptado para personas con movilidad reducida, con 2 ascensores y un montacargas. Distribuido en 2 habitaciones, originalmente tenía 3, dos baños, cocina abierta, salón, coladuría y terraza de unos 6m2 donde disfrutar de las bonitas vistas.
La reforma acometida ha sido completa abarcando electricidad, fontanería, baños, cocina, sistema de calefacción y preinstalación de A/C y sin olvidar suelos, cerramientos, armarios, puertas y cocina.
Listo para entrar a vivir!
No lo dudes, ven a visitarlo, te encantará.
El edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificios
La vivienda dispone de cédula de habitabilidad y CEE.
El precio de venta del inmueble es de 790.000€. Este importe incluye los honorarios de la agencia inmobiliaria, que serán abonados por la parte vendedora.
El precio no incluye los impuestos aplicables a la transmisión, que podrán ser el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), según corresponda. Estos impuestos se calculan sobre el precio final de compraventa y varían en función de las circunstancias personales del comprador —por ejemplo, la edad— y de las características de la operación —tipo de inmueble, posibles ayudas o subvenciones—.
A modo orientativo, en caso de resultar aplicable el ITP, su importe ascendería a 69.000€.
El precio tampoco incluye los gastos notariales y registrales, cuyo importe como mínimo, se sitúa en torno al 2% del precio del inmueble.
Los impuestos deberán abonarse en el momento de la compraventa en el caso del IVA, y en un plazo máximo de 30 días desde la firma de la escritura en el caso del ITP o el AJD. Los gastos notariales y registrales deberán abonarse en el momento de la recepción de la escritura pública.
Si tiene cualquier duda al respecto, no dude en contactar con nosotros.